Warning: getimagesize(img/banntop7.jpg) [function.getimagesize]: failed to open stream: No such file or directory in /home/diegocan/public_html/bibliotecas/manejoimagenes.php on line 13

Warning: getimagesize(img/NuevoEspacio.gif) [function.getimagesize]: failed to open stream: No such file or directory in /home/diegocan/public_html/bibliotecas/manejoimagenes.php on line 13

Warning: getimagesize(img/FrenteAmplio.gif) [function.getimagesize]: failed to open stream: No such file or directory in /home/diegocan/public_html/bibliotecas/manejoimagenes.php on line 13

Warning: getimagesize(img/InternacionalSocialista.gif) [function.getimagesize]: failed to open stream: No such file or directory in /home/diegocan/public_html/bibliotecas/manejoimagenes.php on line 13
Diego Cánepa

INTERVENCION EN EL PARLAMENTO

Contradicciones en argumentos de la Corte Electoral

Corte Electoral no asiste a la Intendencia de Montevideo en la elección del Presupuesto Participativo

miércoles, 17 de Octubre de 2007

La segunda edición del Presupuestó Participativo, impulsado por el gobienro de la ciudad de Montevideo, tendrá lugar el próximo 28 de octubre. Esta iniciativa, que comprende un esfuerzo de la municpalidad capitalina en la dirección de generar ciudadanía, trasparencia y participaión no contará con la asistencia de la Corte Electoral.

Ante la solicitud de urnas para realizar la elección de las propuestas ciudadanas, la Corte Electoral responde en forma negativa. El temá, que es tratado en Cámara como cuestión política, motivó la siguiente intervención del diputado Cánepa.


Diego Cánepa - "Señor Presidente: vamos a tratar centrar el tema nuevamente porque, con habilidad, se hizo un intento de no ir al eje que queremos plantear hoy en este asunto político. No es que no nos guste la resolución, no es solamente que no compartamos la decisión sino que, desde nuestro punto de vista, el problema es la gravedad en el fundamento de la resolución y de quién emana. Aquí, a diferencia de lo que se quiso establecer como comparación, no hay una cuestión política en discusión por un asunto departamental.

Lo que estamos cuestionando políticamente es, desde nuestro punto de vista, la gravedad y lo que pueden implicar -esta es nuestra enorme preocupación- este tipo de decisiones, que esperamos que se reviertan, de un órgano central y clave como es la Corte Electoral para dar garantías a todos.

La resolución no es administrativa; se trata de una resolución que, como bien lo decía el señor Diputado Ortuño, implica un problema conceptual, sumamente importante, que tiene enorme trascendencia en las consecuencias de las decisiones que en el futuro puede tomar la Corte.

Además, vamos a demostrar que muchos de los argumentos dados, aparte de su debilidad -lo digo con respeto-, no solo no han sido sostenidos en el pasado por esta misma Corte, sino que ha habido una duplicidad de criterios ante igualdad de condiciones y no ante situaciones diferentes.

Sostener, como dice la resolución, que solamente se accede al préstamo de urnas cuando son solicitadas para la realización de actos eleccionarios pero -aquí viene el fundamento- "[...] por el respeto que ellas implican como símbolos del sistema democrático, no se entregan para el cumplimiento de otro tipo de tareas como ocurre en este caso", implica una concepción democrática determinada de un órgano que debe dar garantías a todos, lo que nos preocupa enormemente.

Se ha intentado formular una defensa diciendo que se está de acuerdo con la participación ciudadana, con el Presupuesto Participativo, pero el problema radica en que la Corte no está para estos menesteres, porque se solicitaron las urnas para una elección de consultas no vinculantes. Eso no es correcto, y lo vamos a demostrar, porque hasta el día de hoy la Corte no solo daba las urnas sino también sus funcionarios para actividades no vinculantes ni electivas de ninguna persona. Las urnas son pedidas por muchas organizaciones civiles, privadas o, por ejemplo, en el caso de la Universidad de la República, por organizaciones estudiantiles que no responden necesariamente a la tendencia que nosotros representamos. Nosotros respaldamos eso en su momento para la realización de plebiscitos vinculantes, que se realizan para conocer la opinión de un colectivo determinado en cierto momento. La Corte siempre ha prestado las urnas y cedido a sus funcionarios para el contralor de ese tipo de actividad.

(Interrupción del señor Representante Botana)

——La gravedad no parte de la decisión, aunque no nos guste; la Corte ha tomado muchas decisiones que se acatan y se respetan. Allí no está el problema.

Nadie va a discutir el artículo 324 de la Constitución, que establece que cinco de sus titulares deberán ser nombrados por dos tercios de sus componentes. Este artículo también dice en su último inciso que: "Los cuatro titulares restantes, representantes de los partidos, serán elegidos por la Asamblea General por doble voto simultáneo de acuerdo a un sistema de representación proporcional".

Eso no está en consonancia; la actual Corte Electoral no cumple con ese inciso constitucional. Eso es irrefutable, no solo por el resultado de las elecciones del año 2004 sino, inclusive, por el resultado de las elecciones del año 1999. Al igual que todos, esta Corte quiere tener cuidado en lo institucional para no afectar ni confundir la institución con sus integrantes, ni las diferencias que podemos tener con respecto a que su integración no cumpla efectivamente con el artículo 324 de la Constitución. Se trata de un órgano supremo, de importancia clave en nuestro ordenamiento institucional, porque nos da garantías a todos de ecuanimidad e imparcialidad.

Es bajo esa lupa que nosotros analizamos el fundamento dado en esta resolución, que nos llama a una enorme preocupación, de la que queremos dejar constancia, porque una Corte con el problema que estamos determinando -que existe, que será nuestro de no llegar a un acuerdo en el sistema político; la Corte sabe que es renga en ese aspecto- debe tener más cuidado aún que cualquier otro organismo en actuar con ponderación y ecuanimidad, que nosotros creemos que han empezado a faltar en este tipo de resoluciones.

Se nos dice por ahí que puede ser que haya otra resolución de la Corte. Ojalá sea así, porque creemos que acá hay un error, no en la decisión sino en el fundamento. Para nosotros el tema de fondo es alertar acerca de la necesidad de ecuanimidad y ponderación de la Corte para seguir dando garantías a todos.

Esto es grave. Aquí no hay que confundirse e intentar defender la situación diciendo que como este es un asunto municipal podría ir la Junta Departamental; después esto se corrige porque el artículo 93 de la Constitución claramente dice que le compete a la Cámara de Representantes el derecho exclusivo de acusar ante la Cámara de Senadores al Presidente y al Vicepresidente de la República, a los Ministros de Estado, a los miembros de la Suprema Corte de Justicia, del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, del Tribunal de Cuentas y de la Corte Electoral. Pero esto es para el juicio político cuando hay violación de la Constitución o se han cometido delitos graves, y no para lo que estamos hablando. No cometamos el exabrupto, como otros, de considerar ante cualquier cosa que se está violando o arrasando flagrantemente la Constitución.

El respeto a la Constitución no está solamente en decir que es violada permanentemente por cualquier cosa; el respeto está en poner las cosas en su justo término y lo que a nosotros nos preocupa enormemente de esta Corte Electoral es el fundamento por el que sostiene que solamente presta las urnas para actos eleccionarios y que circunscribe el concepto de elección a la elección de determinados cargos; esto es lo que la Corte entiende como concepto democrático.

Este Gobierno tiene claro, como todos -aquí no le cedemos la derecha a nadie- que no hay democracia sin elecciones, pero la democracia no es solo elecciones para este Frente Amplio. Ese es un debate conceptual importante.

Esta Corte emite una opinión conceptual, filosófica, política, lo que no solo no debe hacer -no solo se extralimita-, sino que tampoco da garantías a todos con este tipo de opinión. Y eso es lo grave que venimos aquí a discutir y a plantear como asunto político -esta es nuestra enorme preocupación-, justamente, para preservar esa necesaria garantía para todos.

El problema no es que no nos guste la decisión adoptada porque, ¡vaya si habrá habido una cantidad de resoluciones que no nos gustaron o sobre las que opinamos en contrario! Nosotros no hacemos un planteo político en esta Cámara cada vez que la Corte resuelve algo que no nos gusta. ¡Vaya si el problema de esa Corte no está solamente en los dos tercios, sino también en el último inciso del artículo 324 de la Constitución! La Corte no está cumpliendo con lo que dice la Constitución, si no veamos cómo están representados los partidos políticos después de la última elección en ella para dar garantías y ecuanimidad. Pero como hay responsabilidad, a pesar de que no se le quiere reconocer, acá hay una búsqueda de consenso para la renovación total y no parcial de la Corte.

El respeto a la Constitución está en cumplirla pero también en buscar lo que esta obliga al referirse a los dos tercios. Con todo respeto digo que no puede ser que una fuerza política tenga que alcanzar el 66% de los votos para poder hacer lo que quiera con la Constitución. Así se estableció porque el Constituyente nos obliga a todos en el intento de llegar a los acuerdos necesarios.

Podríamos realizar una discusión bizantina con respecto a quién tiene la culpa, y puedo decir que estamos al borde permanentemente. De acuerdo con nuestra opinión no hay que confundir constitucionalidad con ilegitimidad; la ilegitimidad está en el origen y el no cumplimiento de la Constitución está palmariamente demostrado, si no que se me diga lo contrario. ¿Cómo es posible que la actual conformación cumpla con el artículo 324 de la Constitución? No lo hace, porque el inciso segundo de ese artículo no se cumple de acuerdo con la actual conformación. A pesar de eso nosotros queremos defender, no solo la independencia, sino también la ecuanimidad y la ponderación necesarias -que nos dan garantías a todos-, que ha perdido con esta resolución.

En la Facultad de Derecho, cuando se va a elegir a un Decano, los estudiantes tienen como costumbre pedir las urnas a la Corte Electoral; esto se ha aceptado hace como quince años. No hay confusión en ningún orden en cuanto a lo que significa ser representante y hacer consultas no vinculantes. Siempre se hace un plebiscito entre los estudiantes y la Corte da sus urnas a un Centro de Estudiantes para hacer una elección no vinculante. Hasta ha sucedido que esa elección después no es respetada por los representantes del orden estudiantil. Es débil el argumento que esgrime que solo se prestan las urnas para elecciones vinculantes. No es así, y la Corte lo sigue haciendo hasta ahora.

En este momento en la Cámara de Senadores se está tratando el proyecto de ley de salud reproductiva, el que luego vendrá a esta Cámara para ser discutido. Algunos sectores políticos han planteado la necesidad de realizar un plebiscito no vinculante. Entonces, si algún día se resuelve la realización de ese plebiscito y hay un acuerdo político, como no es vinculante,

¿la Corte no va a dar las urnas para consultar al pueblo con respecto a este tema?

¿Qué argumento es ese de que el tema tiene que ser vinculante, cuando también se prestan las urnas para las elecciones en clubes deportivos?

No es un problema de cantidad.

¿Saben cuántos clubes de "baby fútbol" utilizan las urnas para elegir cien o doscientas personas?

La legitimidad y el respeto a la democracia, a la elección y al voto para manifestar una voluntad o una opinión, no son solamente para elegir a una persona, a un grupo de ciudadanas y ciudadanos o de personas vinculadas a un grupo, sino para manifestar una voluntad de manera secreta, con las garantías que todos queremos que tenga esa manifestación de voluntad. Es por eso que los argumentos tampoco nos parecen de recibo en ese punto.

La Corte Electoral debe tener ecuanimidad y sensatez y, por lo menos, mucha prudencia en sus resoluciones. Lo que nos preocupa no es que no nos guste, sino la falta de ecuanimidad. En nuestra opinión, la Corte Electoral se extralimita en sus cometidos dando opiniones y fundamentando acerca de qué se entiende por democracia y cuál es el alcance del símbolo de la democracia que es la urna, para una utilización no discrecional -digo esto porque puede haber discrecionalidad positiva o negativa- sino absolutamente arbitraria.

Es por ello que nuestro planteo en el día de hoy es un llamado de atención; no es un exabrupto hablar de atentado a nuestra Constitución o faltas graves. No se trata de eso porque nosotros no jugamos todo el tiempo a decir que se viola la Constitución por cualquier cosa. Queremos llamar la atención por la enorme preocupación de esta fuerza de Gobierno -mayoría absoluta hoy de esta Cámara de Representantes porque el pueblo así lo decidió- acerca de los integrantes de esta Corte Electoral que saben que no están cumpliendo con el artículo 324 de la Constitución, que refiere a su integración, algo que no es responsabilidad de ellos sino de todo el sistema en su conjunto. Apelamos a que mantenga ecuanimidad, ponderación, mucha tranquilidad y mesura en sus decisiones porque, en nuestra opinión, esta resolución afecta profundamente el concepto de desarrollo democrático que esta fuerza política llevó, lleva y llevará adelante. Este es nuestro llamado de atención."

Palacio Legislativo - Av. de las Leyes s/n
Edificio Artigas (anexo) - Desp. 232
11800 - Montevideo - Uruguay
Contacto
Nuevo Epsacio Frente Amplio Internacional Socialista
Diputado Diego Cánepa